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LUZ
Oferta válida para nuevas contrataciones de cliente residencial (persona física) en contratación de tarifas Por Uso Luz y Tarifa Noche (tarifa de acceso 2.0TD, potencia contratada ≤ 15 kW y sin Bono Social).
Vigencia hasta el 15/06/2023 y no acumulable a otras promociones.
Naturgy Iberia, S.A. garantiza que adquirirá un volumen de energía renovable que equivaldrá al consumo de la Tarifa Por Uso Luz y dispondrá de unos certificados de Garantía de Origen de la energía (GdO); el cliente podrá consultar la aplicación de estos a su CUPS a través de la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (www.cnmc.es).
a) Condiciones de aplicación de impuestos y otros conceptos regulados
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh e Impuesto Especial sobre electricidad (IEE) reducido del 0,5% hasta el 31/12/2023. En lugar de IVA, en Canarias se aplica el IGIC y para Ceuta y Melilla aplica el IPSI correspondiente.
Los precios no incluyen el coste regulado del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de electricidad en el mercado mayorista establecido en el Real Decreto-ley 10/2022, que se incluirá en línea aparte en factura bajo el concepto “Mecanismo de Ajuste Real Decreto-ley 10/2022”. Los precios tampoco incluyen el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social, que se añadirá en línea aparte bajo el concepto “Financiación del Bono Social”.
GAS
Oferta válida para nuevas contrataciones de cliente residencial (persona física) en contratación de tarifa Por Uso Gas (tarifas ATR RL.1, RL.2 y RL.3).
Vigencia hasta el 15/06/2023 y no acumulable a otras promociones.
Se garantiza que Naturgy Iberia, S.A. neutralizará el 100% de las emisiones de gases de efecto invernadero (CO2, CH4 y N2O) equivalentes al consumo de la Tarifa Por Uso Gas a través de la adquisición y compensación voluntaria de los Certificados de Reducción de Emisiones (CERs). El proceso de compensación de emisiones con CERs será realizado en el Registro Europeo de Emisiones y será verificado y certificado por AENOR. El cliente podrá solicitar el Certificado del CO2 compensado, a través del teléfono de atención al cliente.
a) Condiciones de aplicación de impuestos y otros conceptos regulados
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% según los establecido en el Real Decreto-ley 20/2022 hasta el 31/12/2023 así como Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) de 0,00234€/kWh.
LUZ
Válido para nuevas contrataciones de luz con tarifa de acceso 2.0TD para persona física, potencia contratada ≤ 15 kW y sin Bono Social. Tarifa sin penalización por permanencia.
La Tarifa Plana Luz consiste en una cuota fija de energía que te facturaremos durante 12 meses. Tendrás una cuota mensual personalizada, basada en tu consumo de los 12 meses anteriores y las características de tu suministro (potencia contratada en el contrato de luz, alquiler de contador, impuestos, etc). No te cobraremos después de los 12 meses ninguna regularización ni importe por excesos.
El importe de tu cuota de la Tarifa Plana Luz incluye: Término de Potencia y Término de Energía, así como el importe del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE). El resto de los conceptos que tengamos que repercutirte por normativa se te facturarán aparte, y se sumarán a tu factura habitual.
Estos conceptos pueden ser (pero no limitados a): derechos de extensión, derechos de acometida, fianza, abono por calidad de servicio, etc. En todo caso, incluye el importe del alquiler del contador.
La cuota incluye IVA reducido del 5% para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh e Impuesto Especial sobre electricidad (IEE) reducido del 0,5% hasta el 15/06/2023. A partir del 1/1/2023 o si no se dan las condiciones mencionadas se aplicará el IVA del 21% y el IEE del 5,11% (o los tipos que legalmente se establezcan). En lugar de IVA, en Canarias se aplica el IGIC y para Ceuta y Melilla aplica el IPSI correspondiente.
En caso de que te dieras de baja de la Tarifa Plana antes de finalizar la vigencia del Contrato, calcularemos la diferencia entre el importe que ya nos hayas abonado hasta la fecha de baja y el importe reportado hasta esta fecha con la tarifa de referencia correspondiente indicada en las Condiciones Económicas de tu contrato (Tarifa Por Uso Luz).
Se te facturará o abonará la diferencia entre ambos importes, sin ninguna penalización por baja anticipada.
Te comunicaremos además el consumo máximo pactado para tu contrato, calculado a partir de tu consumo anual, incrementado en un 30% para la luz. Si antes de finalizar los 12 meses superaras el consumo máximo anual pactado, nos reservamos el derecho a cambiar tu contrato a la tarifa de referencia correspondiente de entre las que te hemos detallado anteriormente.
La cuota se actualizará, al alza o a la baja, con el consumo real de los 12 últimos meses previos a la fecha de renovación. Adicionalmente, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
Oferta válida hasta el 15/06/2023 y no acumulable a otras promociones.
a) Condiciones de aplicación de impuestos y otros conceptos regulados
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh e Impuesto Especial sobre electricidad (IEE) reducido del 0,5% hasta el 31/12/2023. En lugar de IVA, en Canarias se aplica el IGIC y para Ceuta y Melilla aplica el IPSI correspondiente.
Los precios no incluyen el coste regulado del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de electricidad en el mercado mayorista establecido en el Real Decreto-ley 10/2022, que se incluirá en línea aparte en factura bajo el concepto “Mecanismo de Ajuste Real Decreto-ley 10/2022”. Los precios tampoco incluyen el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social, que se añadirá en línea aparte bajo el concepto “Financiación del Bono Social”
GAS
La Tarifa Plana Gas consiste en una cuota fija de energía que te facturaremos durante 12 meses. Tendrás una cuota mensual personalizada, basada en tu consumo de los 12 meses anteriores y las características de tu suministro. No te cobraremos después de los 12 meses ninguna regularización ni importe por excesos.
El importe de tu cuota de la Tarifa Plana Gas incluye: Término Fijo y Término Variable, canon IRC e Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH). El resto de los conceptos que tengamos que repercutirte por normativa se te facturarán aparte, y se sumarán a tu factura habitual. Estos conceptos pueden ser (pero no limitados a): derechos de extensión, derechos de acometida, fianza, abono por calidad de servicio, inspección periódica, etc. En todo caso, incluye el importe del alquiler del contador y del IVA (IGIC o IPSI).
En caso de que te dieras de baja de la Tarifa Plana antes de finalizar la vigencia del Contrato, calcularemos la diferencia entre el importe que ya nos hayas abonado hasta la fecha de baja y el importe reportado hasta esta fecha con la tarifa de referencia correspondiente indicada en las Condiciones Económicas de tu contrato (Tarifa Por Uso Gas).
Se te facturará o abonará la diferencia entre ambos importes, sin ninguna penalización por baja anticipada.
Te comunicaremos además el consumo máximo pactado para tu contrato, calculado a partir de tu consumo anual, incrementado en un 50% para el gas. Si antes de finalizar los 12 meses superaras el consumo máximo anual pactado, nos reservamos el derecho a cambiar tu contrato a la tarifa de referencia correspondiente de entre las que te hemos detallado anteriormente.
La cuota se actualizará, al alza o a la baja, con el consumo real de los 12 últimos meses previos a la fecha de renovación. Adicionalmente, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
Oferta válida hasta el 15/06/2023 y no acumulable a otras promociones
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% según los establecido en el Real Decreto-ley 20/2022 hasta el 31/12/2023 así como Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) de 0,00234€/kWh.
LUZ Y GAS
La Tarifa Plana Luz y Tarifa Plana Gas consisten en una cuota fija de energía que te facturaremos durante 12 meses. Tendrás una cuota mensual personalizada, basada en tu consumo de los 12 meses anteriores y las características de tu suministro (potencia contratada en el contrato de luz, alquiler de contador, impuestos, etc). No te cobraremos después de los 12 meses ninguna regularización ni importe por excesos.
El importe de tu cuota de la Tarifa Plana Luz incluye: Término de Potencia y Término de Energía, así como el importe del Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE). La Tarifa Plana Gas incluye: Término Fijo y Término Variable, canon IRC e Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH). El resto de los conceptos que tengamos que repercutirte por normativa se te facturarán aparte, y se sumarán a tu factura habitual. Estos conceptos pueden ser (pero no limitados a): derechos de extensión, derechos de acometida, fianza, abono por calidad de servicio, inspección periódica, etc. En ambos casos, incluye el importe del alquiler del contador y del IVA (IGIC o IPSI).
En el caso de la Tarifa Plana Luz, la cuota incluye IVA reducido del 5% para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh e Impuesto Especial sobre electricidad (IEE) reducido del 0,5% hasta el 15/06/2023. A partir del 1/1/2023 o si no se dan las condiciones mencionadas se aplicará el IVA del 21% y el IEE del 5,11% (o los tipos que legalmente se establezcan). En lugar de IVA, en Canarias se aplica el IGIC y para Ceuta y Melilla aplica el IPSI correspondiente.
En caso de que te dieras de baja de la Tarifa Plana antes de finalizar la vigencia del Contrato, calcularemos la diferencia entre el importe que ya nos hayas abonado hasta la fecha de baja y el importe reportado hasta esta fecha con la tarifa de referencia correspondiente indicada en las Condiciones Económicas de tu contrato:
• Tarifa de referencia de luz: Tarifa Por Uso Luz
• Tarifa de referencia de gas: Tarifa Por Uso Gas
Se te facturará o abonará la diferencia entre ambos importes, sin ninguna penalización por baja anticipada.
Te comunicaremos además el consumo máximo pactado para tu contrato, calculado a partir de tu consumo anual, incrementado en un 30% para la luz y un 50% para el gas. Si antes de finalizar los 12 meses superaras el consumo máximo anual pactado, nos reservamos el derecho a cambiar tu contrato a la tarifa de referencia correspondiente de entre las que te hemos detallado anteriormente.
a) Condiciones de la campaña
Tarifa Plana Luz
Válido para nuevas contrataciones de luz con tarifa de acceso 2.0TD para persona física, potencia contratada ≤ 15 kW y sin Bono Social. Tarifa sin penalización por permanencia.
Oferta válida hasta el 15/06/2023 y no acumulable a otras promociones.
b) Condiciones de aplicación de impuestos y otros conceptos regulados
En el caso de la Luz:
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh e Impuesto Especial sobre electricidad (IEE) reducido del 0,5% hasta el 31/12/2023. En lugar de IVA, en Canarias se aplica el IGIC y para Ceuta y Melilla aplica el IPSI correspondiente.
Los precios no incluyen el coste regulado del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de electricidad en el mercado mayorista establecido en el Real Decreto-ley 10/2022, que se incluirá en línea aparte en factura bajo el concepto “Mecanismo de Ajuste Real Decreto-ley 10/2022”. Los precios tampoco incluyen el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social, que se añadirá en línea aparte bajo el concepto “Financiación del Bono Social”
En el caso del Gas:
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% según los establecido en el Real Decreto-ley 20/2022 hasta el 31/12/2023 así como Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) de 0,00234€/kWh.
LUZ
Oferta válida para nuevas contrataciones de cliente residencial (persona física) en contratación de tarifas Por Uso Luz y Tarifa Noche (tarifa de acceso 2.0TD, potencia contratada ≤ 15 kW y sin Bono Social).
Vigencia hasta el 15/06/2023 y no acumulable a otras promociones.
Naturgy Iberia, S.A. garantiza que adquirirá un volumen de energía renovable que equivaldrá al consumo de la Tarifa Noche Luz y dispondrá de unos certificados de Garantía de Origen de la energía (GdO); el cliente podrá consultar la aplicación de estos a su CUPS a través de la web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (www.cnmc.es).
Condiciones de aplicación de impuestos y otros conceptos regulados
Se aplicarán en el precio indicado las variaciones al alza o a la baja de los impuestos aplicables y de los conceptos regulados (a modo enunciativo no limitativo, cargos del sistema, peajes, alquiler de contador...). Asimismo, podrán trasladarse al precio cualquier concepto regulado, tasa o impuesto de nueva creación o que sustituyan a los actuales que sean de aplicación durante el periodo de duración del presente contrato.
En el caso de haber seleccionado precios con impuestos, los precios incluyen IVA reducido del 5% para potencias contratadas inferiores o iguales a 10kW cuando el precio medio de la energía del mercado mayorista del último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación supere los 45 €/MWh e Impuesto Especial sobre electricidad (IEE) reducido del 0,5% hasta el 31/12/2023. En lugar de IVA, en Canarias se aplica el IGIC y para Ceuta y Melilla aplica el IPSI correspondiente.
Los precios no incluyen el coste regulado del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de electricidad en el mercado mayorista establecido en el Real Decreto-ley 10/2022, que se incluirá en línea aparte en factura bajo el concepto “Mecanismo de Ajuste Real Decreto-ley 10/2022”. Los precios tampoco incluyen el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social, que se añadirá en línea aparte bajo el concepto “Financiación del Bono Social”.
La campaña del 20% de descuento en Servicios de Mantenimiento aplica sólo a nuevas contrataciones con energía. Descuento durante el primer año. No aplica a tenencia de contratos. Quedan excluidos de la promoción los cambios de producto, el Servigas Básico, Servigas Complet+, Servigas Confort modalidad inalámbrica y las modalidades sin carencia. 15% DTO. al contratar solo un servicio sin energía. Oferta válida hasta 15/06/2023.
(1) Aprovecha el descuento en tu tarifa de LUZ establecido por el Gobierno (Impuesto Especial sobre la Electricidad del 0,5% y cargos reducidos del sistema eléctrico).
Según el RDL10/2022, aprobado por el Gobierno, aquellos contratos de precio fijo con inicio de vigencia posterior a 26/4/22 y los contratos de precio variable, incorporaran en las facturas emitidas con consumos a partir del 15/06, un concepto en línea aparte "Mecanismo de Ajuste Real Decreto-ley 10/2022" con el importe correspondiente al periodo facturado. Los precios indicados no incluyen el importe correspondiente a dicho Real Decreto-Ley.